¿Cómo sé si mi piscina comunitaria está lista para abrir este verano? Revisa la normativa vigente en Andalucía

Comunisur

El uso de piscinas comunitarias no solo implica disfrute y ocio, también exige responsabilidad. Para que una piscina de comunidad esté en funcionamiento, debe cumplir con una serie de exigencias legales y sanitarias que garantizan la seguridad y salud de todos los usuarios.


Desde COMUNISUR, administradoras de fincas con más de 15 años de experiencia en Málaga y la Axarquía, te explicamos las normas obligatorias que deben cumplir las comunidades de propietarios según el Real Decreto 742/2013 y el Decreto andaluz 485/2019.


Abrir sin cumplir la normativa puede suponer sanciones graves

La normativa actual establece obligaciones concretas sobre la calidad del agua, la seguridad, el mantenimiento y la formación del personal encargado. Si estas condiciones no se cumplen, la piscina deberá cerrarse y la comunidad podría enfrentarse a sanciones económicas importantes.


¿Qué exige la ley para abrir una piscina comunitaria?


1. Calidad del agua controlada

  • Debe estar libre de microorganismos patógenos como E. coli o Pseudomonas aeruginosa.
  • El pH debe mantenerse entre 7,2 y 8,0.
  • Se exige cloro libre residual entre 0,5 y 2,0 mg/L, o bromo entre 2 y 5 mg/L.
  • Se realizan controles diarios, mensuales y anuales, documentados según el protocolo de autocontrol.


2. Protocolo de autocontrol obligatorio

La comunidad debe contar con un documento actualizado que incluya:

  • Tratamiento del agua
  • Mantenimiento e inspección
  • Control de productos químicos
  • Gestión de residuos y prevención de riesgos


Este protocolo debe estar disponible en la propia instalación y puede ser solicitado en cualquier momento por la autoridad sanitaria.


3. Formación y responsabilidad del personal

  • El personal responsable del tratamiento del agua debe contar con formación específica, conforme al Real Decreto 830/2010 y al RD 46/2022 sobre cualificaciones profesionales.
  • En piscinas comunitarias se recomienda contar con socorristas titulados si la lámina de agua supera los 200 m², según normativa andaluza.


4. Elementos de seguridad

  • Pértigas, flotadores y botiquín en lugares visibles y accesibles.
  • Duchas operativas (mínimo dos) y señalización clara de normas y prohibiciones.
  • Los puntos de aspiración deben estar protegidos para evitar accidentes.


5. Información visible para los usuarios

Según el artículo 14 del RD 742/2013, la comunidad debe exhibir en un lugar accesible:


  • Resultados de los últimos controles del agua
  • Presencia o ausencia de socorristas
  • Reglas de uso y teléfonos de emergencia


¿Qué comunidades deben cumplir esta normativa?

Las piscinas comunitarias se clasifican como Tipo 3A en la normativa nacional, lo que las obliga a cumplir con los artículos clave del decreto, especialmente en relación con:


  • Calidad del agua y aire
  • Tratamiento y productos químicos
  • Control de incidencias
  • Información al público


Las comunidades autónomas pueden ampliar estas obligaciones, como sucede en Andalucía, donde se aplica el Decreto 485/2019 con mayores exigencias en materia de socorrismo, seguridad e inspecciones técnicas.


COMUNISUR se encarga de que tu comunidad cumpla la ley

En COMUNISUR supervisamos que tu piscina esté en regla desde el primer día:


  • Revisamos instalaciones y documentación
  • Coordinamos los análisis y controles sanitarios
  • Gestionamos la contratación de socorristas y personal cualificado
  • Mantenemos informado al presidente y vecinos ante cualquier actualización legal


Con más de 25 comunidades gestionadas y un equipo especializado, somos tu aliado para que este verano la piscina se disfrute con tranquilidad y seguridad.


¿Tienes dudas sobre si tu comunidad cumple los requisitos?

👉 Contáctanos y te ayudamos a ponerlo todo en regla.

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